Según lo previsto en el Decreto de Urgencia N°026-2020 se establecieron diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del COVID -19, entre ellas en el artículo 21 autoriza al Ministerio de Educación establecer disposiciones normativas y/u orientaciones, según corresponda que resulten pertinentes para que las instituciones públicas y privadas presten el servicio educativo. Por ello el MINEDU emite la Resolución Viceministerial N°088-2020-MINEDU, la cual permite el trabajo remoto de los profesores que asegure el desarrollo del servicio educativo no presencial. Siendo importante establecer algunas orientaciones para el trabajo remoto en el nivel inicial CICLO I.